Extremadura

Junta regula sistema interno información infracciones normativas y protección informantes

También aprueba el protocolo de actuación para la gestión y tramitación de infracciones, en los términos previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este martes un decreto por el que se establece el Sistema Interno de Información (SIIF) de infracciones normativas y de protección de los informantes de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

Al mismo tiempo, se aprueba el protocolo de actuación para la gestión y tramitación de infracciones, en los términos previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

En concreto, la finalidad principal de este nuevo decreto es "facilitar la protección adecuada, ante posibles represalias" a aquellos que informen sobre las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o que puedan constituir infracción penal o administrativa grave.

Tendrán la consideración de informantes los empleados públicos que hayan obtenido la información en un contexto laboral o profesional que afecte al ámbito funcional de las consejerías u órganos asimilados y en las unidades y centros adscritos o dependientes de ésta, según señala el Ejecutivo regional.

Asimismo, dentro de dicho contexto, los autónomos, accionistas, partícipes y pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos miembros no ejecutivos y cualquier persona que trabaje para la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.

También destaca que este sistema ampara igualmente a quienes comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenidas en una relación laboral finalizada, a las que desarrollen sus funciones en régimen de voluntariado, con becas o en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, y al personal cuya relación funcionarial o laboral no haya comenzado, cuando la información sobre infracciones se haya obtenido durante el proceso de selección.