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La sentencia de Valdecañas confirma que la Red Natura 2000 "no es urbanizable"

Así valoran Ecologistas en Acción Extremadura y Adenex la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el complejo Marina-Isla.

20 noviembre 2019

Ecologistas en Acción Extremadura y Adenex han valorado este miércoles que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre Valdecañas confirma que la Red Natura 2000 "no es urbanizable" y "da la razón" a las organizaciones ecologistas en este contencioso.

De esta manera, ambos colectivos ecologistas han mostrado su satisfacción por el hecho de que el Constitucional haya declarado que la reforma de la Ley del Suelo para "tratar de legalizar" el complejo Marina - Isla de Valdecañas es "inconstitucional".

Por ello, en su opinión, con este pronunciamiento "se cierra" el debate sobre la "imposibilidad legal de ejecutar las sentencias" en este sentido y la "pretensión de la Junta de Extremadura de seguir urbanizando espacios protegidos de la Red Natura 2000".

Asimismo, Ecologistas en Acción y Adenex han confiado en que esta sentencia sirva para "dejar de responsabilizar" a las organizaciones conservacionista de las consecuencias de un "desmán urbanístico y ambiental de esta envergadura" y cese la "intensa campaña de desprestigio que sufren por defender la legalidad urbanística y la red europea de espacios protegidos".

De este modo, según ha explicado en una nota de prensa Ecologistas en Acción y Adenex, el Constitucional ha dictado una sentencia por la que "se estima sustancialmente" la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en el marco del procedimiento contencioso administrativo en el que "ya se ha declarado la ilegalidad de la urbanización de la isla de Valdecañas".

En esta línea, las organizaciones han recordado que este procedimiento proviene de la homologación por parte de la Junta de Extremadura del PIR Marina - Isla de Valdecañas, decisión que fue recurrida tanto por Adenex como por Ecologistas en Acción.

En dicho procedimiento ante el TSJEX, las organizaciones ecologistas solicitaron que se plantease una cuestión de inconstitucionalidad por la Sala contra dicha reforma legislativa de la Ley del Suelo.

"Los argumentos eran claros: se trataba de una ley singular dictada para evitar los efectos de la sentencia y además contradecía la legislación básica estatal al permitir urbanizar suelo no urbanizable (en la actualidad suelo rústico) integrado dentro de la Red Natura 2000", ha aseverado Ecologistas en Acción y Adenex.

Dicha cuestión de inconstitucionalidad fue planteada finalmente por el TSJEx y ha sido estimada parcialmente por el Tribunal Constitucional en la cuestión planteada en dicho procedimiento por parte de Adenex, por lo que "es esperable que ocurra lo mismo con el resto de procedimientos pendientes de resolverse, como el de Ecologistas en Acción".

Lo "relevante" es, en opinión de Ecologistas y Adenex, que el Tribunal Constitucional "vuelve a confirmar, por tercera vez, lo alegado por los ecologistas".

"Que la utilización de los terrenos con valores ambientales que sean objeto de protección por la legislación aplicable, quedará siempre sometida a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que aquella legislación expresamente autorice. Protección que alcanza aún mayor intensidad, si cabe, en el caso de los espacios naturales especialmente protegidos y los incluidos en la Red Natura 2000", han aseverado las organizaciones ecologistas.

No obstante, Ecologistas en Acción y Adenex han reconocido que es cierto que el TC no estima completamente la cuestión de inconstitucionalidad, al entender que el procedimiento de homologación "no era una ley singular".

"Efectivamente, establece que, como procedimiento de homologación, tal y como se regulaba, resultaba válido. Pero esta cuestión resulta completamente intrascendente: el propio TC detalla expresamente que no procedería una homologación sobre un precepto, el artículo 11 LSOTEX, que ha sido declarado contrario a la Constitución", han indicado.

Por estos motivos han manifestado su satisfacción tras más de doce años de procedimiento y tres sentencias favorables y han instado a los responsables de "este desatino" que asuman su responsabilidad aceptando y ayudando a ejecutar las sentencias de restauración del espacio, pues "lo paradójico de esta situación es que sean las organizaciones ambientales las que sean objeto de una intensa campaña de desprestigio por defender la legalidad urbanística, el desarrollo sostenible y el medio ambiente en Extremadura, cuando esta es una responsabilidad de los poderes públicos", han sentenciado.

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