quiron salud
  • |
Región Digital

En el primer trimestre de 2024

Seguridad Social tramita en Extremadura 2.541 expedientes de prestaciones por nacimiento

Ha dedicado 14,76 millones de euros al pago de estas prestaciones en la Comunidad Autónoma, representando el 1,66% del gasto a nivel nacional.

29 abril 2024

Rd./Ep.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado hasta marzo en Extremadura 2.541 prestaciones económicas de nacimiento y cuidado de menor, un 9,83% menos que el mismo periodo del año anterior (0,12% a nivel nacional). En concreto, el 48,17% de las prestaciones han sido disfrutadas por el primer progenitor (1.224) y el 51,83% por el segundo (1.317).

A su vez, en el conjunto nacional se dieron al primer progenitor el 46,81% de las prestaciones (55.973) y el 53,19% al segundo (63.602), según datos dados a conocer este lunes por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

En estos tres meses, la Seguridad Social ha dedicado 14,76 millones de euros al pago de estas prestaciones en la Comunidad Autónoma, representando el 1,66% del gasto a nivel nacional (888,09 millones de euros).

El permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el INSS durante las semanas que dura el permiso.

Hasta marzo de 2024, hay 134 excedencias por cuidado familiar registradas en Extremadura, el 1,13% de las concedidas a nivel nacional (11.741); de las cuales 115 corresponden a mujeres y 19 a hombres. La variación interanual ha sido de -8,22%, lo que ha supuesto una disminución en la Comunidad Autónoma de 12 excedencias respecto al mismo periodo de 2023 (-3,52% a nivel nacional).

Las trabajadoras y los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo/a o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de hijo/a o menor acogido tendrán la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.

De igual modo, se considerará efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares, según informa el Instituto de Estadística de Extremadura (IEEX) en una nota de prensa.

DATOS NACIONALES

En el conjunto del país, la Seguridad Social ha tramitado 119.575 expedientes de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el primer trimestre de 2024, que si se compara con el año anterior son 140 más. De los 119.575 expedientes, 55.973 correspondieron al primer progenitor y 63.602, al segundo progenitor. En concreto, el 52,8% de los titulares de las prestaciones son hombres y el 47,2, mujeres. Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se encuentra en Andalucía (22.162), Cataluña (21.507) y Madrid (19.075). El gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor en los primeros tres meses de año fue de 888 millones de euros. En 2023, esta cifra se situó en 856,6 millones, lo que supone un incremento interanual del 3,6%. Respecto a la duración media de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor activas en el primer trimestre de 2024, esta ha sido de 93 días en el caso de los hombres y 102 en el caso de las mujeres. La prestación por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual y no transferible de los dos progenitores. Sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas, seis de las cuales deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos antes de que el bebé cumpla un año. La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso. El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal 'Tu Seguridad Social'.

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. www.regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a www.regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.